La sexualidad es una parte integral de la personalidad de todo ser
humano. Su desarrollo pleno depende de la satisfacción de necesidades humanas
básicas como el deseo de contacto, intimidad, expresión emocional, placer,
ternura y amor. La sexualidad se construye a través de la interacción entre el
individuo y las estructuras sociales. El desarrollo pleno de la sexualidad es
esencial para el bienestar individual, interpersonal y social. Los derechos
sexuales son derechos humanos universales basados en la libertad, dignidad e
igualdad inherentes a todos los seres humanos.
Dado que la salud es un derecho humano fundamental, la salud sexual
debe ser un derecho humano básico. La salud sexual es el resultado de un
ambiente que reconoce, respeta y ejerce estos derechos sexuales:
- El derecho a la libertad sexual; La libertad sexual abarca la
posibilidad de la plena expresión del potencial sexual de los individuos. Sin
embargo, esto excluye toda forma de coerción, explotación y abuso sexuales en
cualquier tiempo y situación de vida.
- El derecho a la autonomía, integridad y seguridad sexuales del
cuerpo; incluye la capacidad de tomar decisiones autónomas sobre la propia vida
sexual dentro del contexto de la ética personal y social. También están
incluidas la capacidad de control y disfrute de nuestros cuerpos, libres de
tortura, mutilación y violencia de cualquier tipo.
- El derecho a la privacidad sexual; este involucra el derecho a las
decisiones y conductas individuales realizadas en el ámbito de la intimidad
siempre y cuando no interfieran en los derechos sexuales de otros.
- El derecho a la equidad sexual; se refiere a la oposición a todas
las formas de discriminación, independientemente del sexo, género, orientación
sexual, edad, raza, clase social, religión o limitación física o emocional.
- El derecho al placer sexual; el placer sexual, incluyendo el
autoerotismo, es fuente de bienestar físico, psicológico, intelectual y
espiritual.
- El derecho a la expresión sexual emocional; la expresión sexual va
más allá del placer erótico o los actos sexuales. Todo individuo tiene derecho
a expresar su sexualidad a través de la comunicación, el contacto, la expresión
emocional y el amor.
- El derecho a la libre asociación sexual; significa la posibilidad
de contraer o no matrimonio, de divorciarse y de establecer otros tipos de
asociaciones sexuales responsables.
- El derecho a la toma de decisiones reproductivas libres y
responsables; esto abarca el derecho a decidir o no tener hijos, el número y el
espacio entre cada uno, y el derecho al acceso pleno a los métodos de
regulación de la fecundidad.
- El derecho a información basada en el conocimiento científico; implica
que la información sexual debe ser generada a través de la información
científica libre y ética, así como el derecho a la difusión apropiada en todos
los niveles sociales.
- El derecho a la educación sexual integral; este es un proceso que
se inicia con el nacimiento y dura toda la vida y que debería involucrar a todas
las instituciones sociales.
- El derecho a la atención de la salud sexual; la atención de la
salud sexual debe estar disponible para la prevención y el tratamiento de todos
los problemas, preocupaciones y trastornos sexuales.
Declaración del
13avo. Congreso Mundial de Sexología, 1997, Valencia, España. Revisada y
aprobada por la Asamblea General de la Asociación Mundial de Sexología, WAS, el
26 de agosto de 1999, en el 14. Congreso Mundial de Sexología, Hong Kong,
República Popular China.
No comments:
Post a Comment